Situaciones especiales
Cambio de titular de luz por fallecimiento
Cuando fallece el titular del contrato electrico conviene regularizar cuanto antes para evitar bloqueos en gestiones, problemas de pago y comunicaciones a nombre de una persona fallecida.
Actualizado el 26 de agosto de 2026
Continuidad
El suministro puede mantenerse activo durante el tramite.
Seguridad juridica
El nuevo titular asume derechos y obligaciones desde el cambio.
Control
Permite adaptar tarifa y domiciliacion a la nueva situacion.
Documentacion habitual
- Identidad: DNI/NIE del nuevo titular.
- Fallecimiento: Certificado de defuncion.
- Vinculo: Documento de herencia, convivencia o representacion, si lo solicitan.
- Suministro: CUPS, direccion y factura reciente.
- Pago: IBAN del nuevo titular.
Orden recomendado
- Reunir documentos y revisar datos del contrato actual.
- Solicitar cambio por un canal con justificante.
- Confirmar fecha efectiva y titular resultante.
- Revisar primera factura del nuevo titular.
- Aprovechar para ajustar potencia o tarifa si es necesario.
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Preguntas frecuentes
Se corta la luz mientras se hace el cambio?
No deberia. Es un tramite administrativo si la documentacion esta completa y el contrato sigue activo.
Quien puede pedir el cambio de titular por fallecimiento?
Habitualmente heredero, conviviente o representante acreditado, segun casuistica y politica de la compania.
Que documentos suelen pedir?
Identificacion del nuevo titular, certificado de defuncion y justificante de relacion con el inmueble o herencia.