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Alta de gas

Contratar gas con Niba Energía: alta, precios y requisitos

El gas de Niba Energía no se elige: la distribuidora asigna el tramo RL1, RL2 o RL3 según el consumo anual de tu punto de suministro, y la compañía no deja cambiarlo a voluntad. Hay además una condición que decide si esta oferta te sirve o no, y que casi nadie mira antes de llamar: para contratar el gas hay que tener la luz contratada con ellos en la misma dirección.

Por Redactora de gas natural y calefacciónPublicado el Revisado el 12 min de lectura
Padre haciendo una foto con el móvil a la familia mientras desayunan juntos

Tres tarifas, no se eligen

La distribuidora asigna RL1, RL2 o RL3 según el consumo anual del punto de suministro.

Hace falta la luz con ellos

El contrato de gas exige un contrato de luz activo en la misma dirección. No se contrata suelto.

Desde 6,03 €/mes y 0,085 €/kWh

Es el tramo RL.1 (≤5 MWh), el de la mayoría de viviendas. Precio sin impuestos.

Por qué el gas de Niba Energía solo tiene tres tarifas

En electricidad se elige tarifa; en gas, no. El peaje de acceso —la parte regulada del recibo, lo que cuesta llevar el gas hasta tu contador— lo determina el consumo anual del punto de suministro, y quien lo asigna es la distribuidora, no la comercializadora. Por eso Niba Energía no te pregunta qué tarifa quieres: te dice cuál te corresponde. Dos viviendas de la misma calle, con la misma compañía, pueden estar pagando términos distintos por el mismo gas, y las dos están bien.

Los tres tramos que comercializa son los de vivienda. RL1 hasta 5.000 kWh al año, RL2 entre 5.000 y 15.000, y RL3 entre 15.000 y 50.000. Como referencia, un piso con cocina de gas y agua caliente por caldera se mueve dentro de RL1; una casa con calefacción de gas suele caer en RL2; y RL3 ya es un consumo alto para una vivienda, más propio de una instalación con calefacción intensiva o de un pequeño local. Si tu consumo cambia de tramo, la tarifa cambia contigo: no hay que pedirlo.

Hay un límite que conviene saber antes de perder una tarde en la web: los peajes grandes quedan fuera. El documento de contratación de Niba Energía exige que la tarifa de acceso del punto de suministro sea RL1, RL2 o RL3. Si tu contador es RL.4 o superior, o si tu punto se alimenta desde planta satélite y va sin telemedida (los peajes RLPS), Niba Energía no es una opción. No es que no publique el precio: es que no comercializa ese suministro. Se puede comprobar en un minuto mirando el peaje en la primera página de tu factura de gas.

Precios del gas: término fijo y precio del kWh

La estructura es la de siempre en gas: un término fijo en euros al mes, que pagas por tener el suministro disponible aunque no consumas nada, y un término variable por cada kWh que gastas. En la escala de la compañía suben los dos a la vez: el tramo con más consumo tiene el término fijo más alto y también el kWh más caro. No hay compensación entre ellos, así que no existe un tramo «mejor» que otro por precio: el que te toca es el que te toca por tu consumo.

Las cifras de la tabla son las que la compañía publica en su web, sin impuestos. La web ofrece un selector para verlas con IVA, pero el importe de la factura no sale solo de ahí: hay que sumar el alquiler del equipo de medida que aplique la distribuidora, el impuesto sobre hidrocarburos y el IVA o, en Canarias, Ceuta y Melilla, el IGIC o el IPSI. La aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética se regulariza cada 1 de enero, con la orden ministerial del año.

El precio se mantiene durante los doce primeros meses de contrato, e incluye los peajes y cargos regulados que estuvieran vigentes al firmar. Pasado ese primer año la compañía puede aplicar precios nuevos, y las variaciones de los valores regulados se repercuten cuando entran en vigor. Dicho de otro modo: el primer año es previsible, el segundo no. Merece la pena mirar la factura del mes trece, que es donde se ve si la oferta sigue siendo la que te vendieron.

PeajeConsumo anualTérmino fijoTérmino variable
RL.1≤5 MWh6,03 €/mes0,085 €/kWh
RL.25–15 MWh11,30 €/mes0,089 €/kWh
RL.315–50 MWh20,71 €/mes0,091 €/kWh

Precios sin impuestos, tal y como los publica la compañía en su web. En la factura se añaden además el alquiler del equipo de medida, el impuesto sobre hidrocarburos y el IVA o el IGIC según el territorio.

La condición que decide si te sirve: el gas va con la luz

El requisito sexto del contrato de gas de Niba Energía dice, literalmente, que «la contratación del suministro de gas está supeditada a la existencia previa de un contrato activo de luz en la misma dirección». No es una recomendación, ni un descuento por contratar los dos suministros juntos: es un requisito de contratación. Sin luz de Niba Energía en ese punto de suministro, no hay gas de Niba Energía.

La consecuencia práctica es la que más consultas genera, y conviene decirla sin rodeos: no puedes contratar solo el gas. Si tu luz está con otra comercializadora y lo que te interesa es su gas, tienes que llevarte también la luz. Eso convierte la decisión en una comparación de dos facturas —luz y gas— y no de una, y en bastantes casos es lo que hace que la oferta deje de compensar. Antes de contratar, suma lo que pagarías por las dos cosas juntas y compáralo con lo que pagas ahora por las dos.

El mismo documento aclara la situación contraria, y esto sí suele ser una sorpresa agradable: dar de baja la luz no supone la finalización del contrato de gas. Si dentro de un año te vas con la luz a otra compañía, el gas sigue contratado con Niba Energía y se sigue facturando, porque son dos contratos independientes. Quien espera que al irse la luz se vaya todo, se encuentra con una factura de gas que sigue llegando. Para dejarlo del todo hay que dar de baja el gas aparte.

Alta de gas o cambio de comercializadora: qué trámite te toca

Los tres primeros casos se resuelven sin obra y sin visita técnica. Si el gas ya llega a tu contador, cambiar de comercializadora no toca la instalación: lo único que cambia es quién te factura, y el contador sigue siendo de la misma distribuidora. El trámite lo ejecuta la distribuidora a petición de la compañía nueva, y a ti no te cuesta nada.

Los dos últimos son otra cosa. Cuando la instalación receptora no tiene un certificado vigente, hay que pasar por un instalador autorizado y obtener el certificado IRG antes de que nadie pueda dar el alta. Y cuando la vivienda nunca ha tenido gas, el asunto empieza antes: hay que comprobar si el edificio tiene acometida y si el gas llega a la finca. Eso no lo decide la comercializadora, y ningún comercializador puede acelerarlo por teléfono.

Tu situaciónQué trámite esQué cuesta
Tienes gas y quieres cambiar de comercializadoraCambio de comercializadoraNada. Y no hay corte
El gas está cortado pero la vivienda tuvo contratoAlta con el contador puestoHabitualmente nada
Llevas años sin suministro o la instalación es antiguaAlta con certificado IRG en reglaEl certificado del instalador
La vivienda nunca ha tenido gasAlta nueva con acometidaProyecto, instalación y derechos
Acabas de comprar o alquilar y hay contadorAlta o cambio de titularDepende de si hubo contrato antes

El error más caro es contratar un alta cuando bastaba un cambio de comercializadora. Antes de pagar nada, comprueba si tu punto de suministro tiene contrato en vigor: si lo tiene, cambiarse es gratis y no hay corte de gas.

Cómo dar de alta el gas con Niba Energía, paso a paso

  1. Localiza tu peaje de gas en la última factura. Aparece junto a los datos del punto de suministro, como RL.1, RL.2 o RL.3. Si es superior, la compañía no comercializa ese suministro y esta página ya no te sirve.
  2. Ten a mano el CUPS del gas, el código que identifica tu punto de suministro. Está en la factura, empieza por ES y es distinto del CUPS de la luz.
  3. Comprueba que tienes luz contratada con Niba Energía en esa misma dirección. Si no la tienes, este es el paso que falta: el gas no se puede contratar suelto, así que primero hay que pasar la luz o contratarla.
  4. Si la vivienda lleva años sin suministro o el gas está de baja definitiva, pide a un instalador autorizado el certificado IRG y tenlo listo antes de contratar.
  5. Contrata por la web oficial. Si lo haces por teléfono, apunta el número de referencia de la solicitud: es lo que te permitirá reclamar si algo no sale como te dijeron.
  6. Espera el cambio. Lo tramita la distribuidora con su calendario, y en la primera factura pueden aparecer unos días de un periodo raro: es el encaje entre el ciclo de la compañía que dejas y el de la nueva, no un error.

Qué se paga al dar de alta el gas y qué no

Contratar no cuesta nada. Ninguna comercializadora puede cobrarte por firmar el contrato, y Niba Energía no cobra el alta. Si alguien te pide dinero por tramitar la contratación, eso no es un alta.

Lo que sí se paga, cuando corresponde, son los conceptos técnicos: el certificado del instalador si la instalación no consta como válida, los derechos de acometida y de alta que cobra la distribuidora si hay que conectar el punto, y el coste de la instalación interior si la vivienda no la tiene. Son importes regulados o de mercado, no los fija la comercializadora, y por eso no se pueden presupuestar sin ver el caso.

Ya en cada factura, la estructura es la misma que la de cualquier suministro: el término fijo por los días del periodo, el término variable por los kWh consumidos, el alquiler del contador, el impuesto sobre hidrocarburos y el IVA. La forma de pago es la domiciliación bancaria, con cargo en los siete días siguientes a la emisión de la factura. Las facturas llegan por correo electrónico y quedan disponibles en el área de cliente y en la aplicación de la compañía; si prefieres el papel, hay que pedirlo.

Cómo saber qué tramo te corresponde

El consumo que cuenta es el del año natural completo, no el de un invierno suelto. Un año frío puede empujarte de RL1 a RL2 y el siguiente devolverte a RL1, y la distribuidora ajusta el peaje según lo que mide. Por eso no tiene sentido contratar un tramo «por si acaso»: no se puede elegir, y elegir mal no es una opción que exista.

  • Míralo en la factura: el peaje aparece con los datos del punto de suministro. Es la vía fiable: tu consumo real del último año ya está en la factura, y con esa cifra se resuelve la duda en un minuto.
  • Menos de 5.000 kWh al año: RL1. Es el tramo del piso con cocina de gas y agua caliente por caldera, sin calefacción de gas o con un uso muy moderado.
  • Entre 5.000 y 15.000 kWh al año: RL2. Aquí caen las viviendas con calefacción de gas, que es la mayoría de las que consumen en invierno y casi nada en verano.
  • Entre 15.000 y 50.000 kWh al año: RL3. Consumo alto para una vivienda: casas grandes, calefacción intensiva o locales pequeños.
  • Más de 50.000 kWh o planta satélite: Queda fuera de esta oferta. Los peajes RL.4 a RL.6 y los RLPS no son comercializables con esta compañía.

Qué revisar antes de firmar

  • El precio de las dos facturas, no de una: como el gas obliga a tener la luz con la misma compañía, la comparación justa es luz más gas contra luz más gas. Comparar solo el kWh del gas es la forma más fácil de firmar algo que sale más caro en conjunto.
  • Si el primer año te convence: el precio está garantizado doce meses. Lo que no está garantizado es el segundo año, así que conviene saber qué pasa cuando termine.
  • La duración del contrato: es de un año desde que empieza el suministro y se prorroga por anualidades. El documento no declara penalización por irse antes, pero conviene leerlo en las condiciones generales que se aceptan al firmar.
  • Los servicios añadidos: asistencia, mantenimiento de la caldera, protección de electrodomésticos. Van marcados por defecto en algunas webs y suman todos los meses. Es lo primero que hay que revisar en el resumen de la contratación.
  • Que el peaje que te aplican sea el tuyo: si en la primera factura aparece un tramo distinto del que consta en tu punto de suministro, es una incidencia y hay que reclamarla. Es un dato regulado, no una condición comercial.

Errores frecuentes al dar de alta el gas

  • Intentar contratar el gas solo: es el error número uno con esta compañía. Sin luz en el mismo punto de suministro, la solicitud de gas no puede prosperar, y quien no lo sabe pierde la tarde rellenando formularios.
  • Dar por hecho que el peaje se elige: no se elige. Lo asigna la distribuidora por tu consumo anual, y ningún comercializador puede cambiarlo.
  • Dar de baja la luz creyendo que se lleva el gas: son contratos independientes: el gas sigue vivo y sigue facturando. Si quieres dejarlo todo, hay que dar de baja los dos.
  • Comparar el kWh sin mirar el término fijo: en consumos pequeños el término fijo pesa más que la energía. Dos ofertas con el mismo precio por kWh pueden diferir bastante al año.
  • No comprobar si el contador está en servicio: si el suministro está de baja definitiva, el trámite no es un cambio de comercializadora sino un alta, y necesita certificado y a veces acometida. Confundirlos retrasa todo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo contratar solo el gas con Niba Energía?

No. El contrato de gas exige que exista previamente un contrato de luz activo con Niba Energía en la misma dirección. Es un requisito de contratación, no una promoción: si tu luz está con otra comercializadora, tienes que llevarte también la luz para poder contratar el gas.

¿Qué precio tiene el gas de Niba Energía?

El tramo RL.1, que es el de la mayoría de viviendas, cuesta 6,03 €/mes de término fijo y 0,085 €/kWh de término variable. Los otros dos tramos están en la tabla de esta página. Son precios sin impuestos, tal y como los publica la compañía: en la factura se añaden el alquiler del contador, el impuesto sobre hidrocarburos y el IVA.

¿Cómo sé qué tarifa de gas me corresponde?

No se elige: la asigna la distribuidora según el consumo anual de tu punto de suministro. RL1 hasta 5.000 kWh al año, RL2 entre 5.000 y 15.000 y RL3 entre 15.000 y 50.000. Puedes ver el tuyo en la primera página de tu factura de gas, junto a los datos del punto de suministro.

¿Cuánto cuesta dar de alta el gas?

Contratar no cuesta nada: ninguna comercializadora puede cobrar por firmar el contrato. Lo que se paga aparte son los conceptos técnicos, cuando hacen falta: el certificado del instalador autorizado, los derechos de acometida y de alta que cobra la distribuidora, y la instalación interior si la vivienda no la tiene.

¿Hay permanencia en el gas?

El contrato dura un año desde el inicio efectivo del suministro y se prorroga por anualidades sucesivas, y el precio está garantizado los doce primeros meses. El documento de información al producto no declara penalización por irse antes; las condiciones generales que se aceptan al firmar son el sitio donde comprobarlo. No lo damos por hecho en ningún caso.

¿Me quedo sin gas si cambio de comercializadora?

No. El cambio de comercializadora no interrumpe el suministro ni requiere visita técnica: lo que cambia es quién te factura. El contador y la distribuidora siguen siendo los mismos, y el trámite lo ejecuta la distribuidora a petición de la compañía nueva.

Si doy de baja la luz, ¿se acaba también el gas?

No. El propio contrato lo aclara: la baja del contrato de luz no supone la finalización del contrato de gas. Son dos contratos independientes, así que el gas sigue facturándose con Niba Energía hasta que lo des de baja aparte.

¿Cuánto tarda el alta de gas?

Si el punto de suministro ya tiene contador y el gas llega, el cambio se resuelve en pocos días hábiles, con el calendario de la distribuidora. Si hace falta certificado, acometida o una instalación nueva, el plazo lo marca la obra y puede ir de varias semanas a más de un mes.

¿Los precios de la tabla llevan impuestos?

No. Se publican sin impuestos porque así los publica la compañía en su web, que ofrece un selector para verlos con IVA. En la factura se añaden además el alquiler del equipo de medida, el impuesto sobre hidrocarburos y el IVA, el IGIC o el IPSI según el territorio, y la aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética, que se regulariza cada 1 de enero.

¿Qué pasa cuando pasan los doce meses de precio garantizado?

El precio solo está garantizado los doce primeros meses de contrato. A partir de ahí la compañía puede aplicar precios nuevos, y las variaciones de peajes, cargos e impuestos se repercuten cuando entran en vigor. Por eso la factura del mes trece es la que hay que mirar: es donde se ve si la oferta sigue siendo la que te ofrecieron.